5/14/2013

Presentan 2 iniciativas para tipificar el feminicidio en Sonora

ESTADOS
VIOLENCIA
   Buscan estipularlo como “delito autónomo”

CIMACFoto | César Martínez López
Por: Silvia Núñez Esquer, corresponsal
Cimacnoticias | Hermosillo.- 

Los diputados del Congreso de Sonora Hilda Alcira Chang (PRD) y José Lorenzo Villegas Vázquez (Panal), presentaron sendas iniciativas de reforma a los códigos Penal y de Procedimientos Penales del estado para tipificar el feminicidio como un delito autónomo.

Ambas propuestas fueron presentadas ante el Pleno legislativo la semana pasada, y fueron turnadas a comisiones para su eventual dictaminación.

La iniciativa de la diputada Hilda Chang fue turnada a las comisiones de Justicia y Derechos Humanos, y de Equidad y Género.

La propuesta reforma el artículo 258 bis para establecer que “la persona que realice o ejecute actos de violencia contra persona de género sexo mujer (sic) causándole la pérdida de la vida en términos a lo que disponen los artículos 252, 252 bis, 252 ter, 253 y 254 de este Código Penal, cometerá el delito de feminicidio”.

Entre las circunstancias para acreditar ese crimen, la iniciativa estipula que la víctima presente signos de violencia sexual de cualquier tipo, previa o posterior a la privación de la vida; se le hayan infligido lesiones o mutilaciones infamantes o degradantes; haya antecedentes de violencia en el ámbito familiar, laboral y escolar; haya existido una relación sentimental entre la víctima y el agresor, o que el cuerpo de la mujer sea expuesto en un lugar público.

A quien cometa feminicidio se le impondrá una pena de 30 hasta 60 años de prisión.

Igualmente, al servidor público que retarde o entorpezca maliciosamente o por negligencia la procuración o administración de justicia se le impondrá pena de prisión de tres a ocho años y de 500 a mil 500 días de multa, además será destituido e inhabilitado de tres a 10 años para desempeñar otro empleo, cargo o comisión públicos.

Mientras, la iniciativa del diputado Lorenzo Villegas, turnada a la Comisión de Justicia y Derechos Humanos, define en el artículo 263-A que “comete el delito de feminicidio quien prive de la vida a una mujer por razones de género”

Establece prácticamente las mismas circunstancias de la iniciativa de Hilda Chang para acreditar el crimen, aunque reduce la pena de prisión de 25 a 50 años.

Hasta ahora, Sonora tiene estipulado el homicidio por razones de género con el fin de castigar los asesinatos de mujeres, sin embargo tales circunstancias no están definidas en ninguna normatividad y no se han invocado para agravar la penalidad.

El informe “Feminicidio en México. Aproximaciones, tendencias y cambios”, realizado en 2011 por la Cámara de Diputados, incluyó a Sonora entre las 10 entidades catalogadas como “focos rojos” por el creciente homicidio de mujeres entre 2001 y 2010.

Asimismo, contabilizó 3 mil 139 casos de feminicidio en 13 entidades en los últimos cuatro años. De enero de 2010 a junio de 2011, en ocho entidades ocurrieron mil 235 asesinatos de mujeres: 320 en el Estado de México; 168 en Sinaloa; 169 en Tamaulipas; 142 en Jalisco; 138 en Nuevo León; 125 en el DF; 102 en Oaxaca, y 71 en Sonora.

Ante ello, organizaciones civiles iniciaron en agosto de 2011 una campaña por la tipificación del feminicidio en el estado.

En septiembre de ese mismo año, el Partido Acción Nacional presentó una iniciativa de tipificación, pero ante sus limitaciones, recibió recomendaciones de activistas. Sin embargo, la propuesta se quedó en la “congeladora”.
 

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