2/11/2016

INE cierra la puerta a incumplimiento de paridad


   Define criterios obligatorios para candidaturas a cargos locales

A fin de promover que este 2016 haya más candidatas a las alcaldías, sindicaturas y regidurías, el Instituto Nacional Electoral (INE) estableció criterios para que los partidos políticos cumplan la paridad de género, y postulen a 50 por ciento de mujeres para los cargos municipales de cara a los comicios de junio próximo.

Con las reglas que el Consejo General del INE definió este lunes 8 de febrero, las y los consejeros electorales esperan que no queden “dudas interpretativas” sobre la obligatoriedad de reservar la mitad de postulaciones para las mujeres, ya sea para diputaciones locales o para los ayuntamientos.   

El próximo 5 de junio habrá elecciones en los estados de Aguascalientes, Baja California (BC), Chihuahua, Durango, Hidalgo, Oaxaca, Puebla, Quintana Roo, Sinaloa, Tamaulipas, Tlaxcala, Veracruz y Zacatecas, donde se renovarán las gubernaturas (excepto en BC), congresos locales y cargos municipales.

En total se elegirán 239 diputaciones por voto directo; 149 por representación proporcional o plurinominales, y 965 cargos edilicios. En estos comicios los partidos están obligados por la ley a apoyar a sus militantes mujeres, para que contiendan por un puesto de elección, tal y como lo marca el artículo 41 constitucional.

Al respecto, el INE trabajó una “hoja de ruta” para evitar que los institutos políticos acudan a los tribunales para intentar evadir la paridad de género, o que las autoridades electorales no interpreten de manera correcta este principio.

El consejero presidente del INE, Lorenzo Córdova, recordó que en las elecciones de 2015 hubo casos en los que la igualdad entre mujeres y hombres se interpretó de manera laxa, o se pensó que no era obligatoria en algunas candidaturas, en particular en alcaldías, sindicaturas y regidurías.

Esas diferencias de interpretación llegaron a la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), que emitió la jurisprudencia 7/2015 en la que estableció que la paridad de género en los municipios se debe aplicar de manera vertical, es decir en el total de la lista de candidaturas en una planilla; y horizontal, o sea postular a las mujeres para las alcaldías.

Para ser consistentes con esa jurisprudencia, el INE estipuló que las candidaturas a diputaciones locales, tanto de mayoría relativa como “pluris”, deberán integrarse por fórmulas (titular y suplente) del mismo sexo. El mismo criterio aplica para la integración de las planillas municipales, donde además se estableció la obligación de abanderar a las mujeres como candidatas a las presidencias.

En el caso de fórmulas de candidaturas independientes y sólo para aquellos cargos que no se registren por planilla o por lista, cuando el propietario sea del sexo masculino, el suplente podrá ser de cualquier sexo, pero si la propietaria fuera mujer, su suplente deberá ser del mismo sexo.

La autoridad electoral también determinó que los partidos no pueden destinar a las mujeres exclusivamente a aquellos distritos o municipios en los que el instituto político ha perdido los comicios, o ha obtenido los porcentajes más bajos de votación en elecciones previas.

En caso de que los partidos incumplan las reglas, como ha sucedido en otros procesos, el INE destacó que los organismos públicos locales electorales deberán dar un plazo para corregir las postulaciones, y en última instancia negar los registros a los que no acaten la paridad, con lo que también se prevé evitar casos como el del estado de Chiapas en 2015, cuando la autoridad fue omisa ante violaciones a la ley.

De acuerdo con un análisis de la consejera del INE Adriana Margarita Favela, las autoridades electorales en las 13 entidades donde habrá comicios establecen la paridad en diputaciones de mayoría y plurinominales, y en algunos casos en ayuntamientos en su modalidad de paridad vertical, que significa tener 50 por ciento de mujeres en el total de la planilla.

Las cinco entidades que ya cuentan con la paridad horizontal a nivel local, es decir que haya 50 por ciento de mujeres contendiendo por una alcaldía, son BC, Chihuahua, Hidalgo, Sinaloa y Veracruz. Ante ello, la consejera señaló que es importante un acuerdo que emita criterios generales en las elecciones de 2016 y que sea base para comicios posteriores.

Con estas reglas, la presencia de mujeres como autoridades locales podría aumentar, ya que en la actualidad sólo hay 7.2 por ciento de representación femenina en ayuntamientos, según datos de los observatorios ciudadanos en las entidades federativas.
Imagen retomada del sitio ine.mx
Por: Anayeli García Martínez
Cimacnoticias | México, DF.- 

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