11/05/2013

Riesgo de que Ríos Montt obtenga la amnistía


INTERNACIONAL
   Fallo contradictorio: Corte ordena revisar recurso de la defensa


CIMACFoto: César Martínez López
Por: Anaiz Zamora Márquez
Cimacnoticias | México, DF.- 

El acceso a la justicia para las víctimas de los crímenes de genocidio y lesa humanidad que se le imputan al ex dictador guatemalteco Efraín Ríos Montt enfrenta una nueva dilación, ya que la Corte de Constitucionalidad (CC) –máximo órgano de justicia en el país vecino– ahora analiza la posibilidad de otorgar la amnistía al ex mandatario.

Al histórico juicio, marcado por las decisiones contradictorias de la CC que en distintos momentos ha ordenado detener, pausar y finalmente regresar el proceso a la etapa de desahogo de pruebas (con lo que se anuló la sentencia de 80 años de prisión otorgada por la juez Yassmín Barrios y mantiene el juicio en suspenso), se le suma la reciente orden de ampliar los argumentos bajo los cuales se le negó la amnistía a Ríos Montt.

La semana pasada la CC ordenó a la Sala Primera de Apelaciones que pida al Juzgado A de Mayor Riesgo (órgano de justicia encabezado por Barrios y que condenó al ex dictador), fundamentar jurídicamente por qué no es aplicable la amnistía al general retirado.

Y es que el año pasado el Juzgado A de Mayor Riesgo –antes de iniciar el juicio contra Ríos Montt– negó la solicitud de la defensa de que se aplicara el Decreto 8-86 que “concede amnistía general a toda persona responsable o sindicada de haber cometido delitos políticos y comunes conexos durante el periodo comprendido entre el 23 de marzo de 1982 y 13 de enero de 1986”. 

De acuerdo con los abogados del ex jefe de Estado, la ley promulgada en 1986 –por el entonces mandatario Humberto Mejía Víctores– concedió ese mismo año el indulto a Ríos Montt y por tanto el juicio en su contra es improcedente.

En su resolución, el Juzgado A afirmó que los delitos de los que se acusa al ex dictador son imprescriptibles y por tanto ordenó iniciar el proceso.

Tal argumento tendrá que ser revisado y ampliado una vez que los integrantes del Juzgado A sean notificados de la nueva decisión de la Corte para analizar la posibilidad de que se indulte a Ríos Montt.

NUEVA DILACIÓN DE LA JUSTICIA

De acuerdo con el Centro de Acción Legal para los Derechos Humanos (CALDH), la solicitud del ex dictador es improcedente, pues la Ley de Reconciliación Nacional (legislación aprobada durante el proceso de paz) anuló el Decreto 8-86.

En un comunicado el fin de semana, la organización internacional Impunity Watch advirtió que la nueva resolución de la CC “es una maniobra dilatoria de la defensa de los acusados”.

Enfatizó que “cualquier resolución favorable a la aplicación de una amnistía constituiría una muestra de desprecio para las víctimas del conflicto armado”, y calificó como contradictoria la decisión, toda vez que la propia Corte ya había negado la posibilidad de ese recurso.

En agosto pasado, citando la Ley de Reconciliación Nacional la CC resolvió que los delitos que le son imputados al ex gobernante de facto “son imprescriptibles en Guatemala”, con lo que definió no eliminar la responsabilidad penal de Ríos Montt.

Al ex dictador, junto con su jefe de inteligencia militar, José Rodríguez, se le imputa la muerte de mil 771 indígenas ixiles.  Actualmente ambos permanecen en arresto domiciliario a la espera de que se resuelva su situación.

De no otorgarse la amnistía, el juicio se repondría –sin fecha prevista– en el Juzgado B de Mayor Riesgo, ya que el Juzgado A se excusó de conocer nuevamente el proceso debido a que “ya se había emitido una opinión sobre la culpabilidad” del ex militar, es decir la condena de 80 años de prisión que fue anulada.
 

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