José Antonio Sánchez Barroso*
La libertad individual y el
desarrollo científico y tecnológico constituyen los logros más
significativos de la humanidad en las recientes décadas. Ámbitos de
decisión reservados a la Iglesia o al Estado ahora son confiados a la
persona, reconociéndole su capacidad para tomar decisiones y hacerse
responsable de sus consecuencias. Vida, muerte, salud, sexualidad,
preferencias, creencias, son espacios cuya gestión ahora está confiada
–principal, pero no exclusivamente– a cada persona. Ninguno de esos
espacios se comprende si no es a partir de la libertad. Pero esta
conquista cultural ha ido acompañada de otra relacionada con el dominio
de la naturaleza. Hoy nadie pone en tela de juicio el exponencial
desarrollo de la ciencia y la tecnología, pues nuestra propia vida está
inmersa en aquello que nos ofrece; es más, nos conmociona –anhelando o
repudiando– lo que anuncia está por venir. En años recientes la ciencia y
la tecnología avanzaron más que en cualquier otra etapa de la historia:
eventos que solían concluir con la muerte de una persona, actualmente
pueden ser controlados sin dificultades; distancias que se medían en
metros, hoy se miden en bites; las preguntas sobre la inteligencia
animal, hoy se dirigen a la artificial. Así, nos ha tocado vivir un
tiempo de libertad, pero también de un impetuoso e irrefrenable avance
tecno científico, no siempre orientado hacia el desarrollo humano, sino
hacia fines privados, incluso ajenos o francamente contrarios al interés
público.
Son innumerables las interrogantes que se han planteado desde la
ética, la filosofía de la ciencia, la bioética o la economía; pero
conviene dejar apuntada una muy concreta hecha desde el derecho y la
política en el contexto mexicano, donde se han anunciado cambios
importantes en el sector: ¿cómo ha de intervenir el Estado en el
quehacer científico y tecnológico?
Al regular cualquier actividad el legislador debe vencer dos
tentaciones de fácil instrumentación práctica: (i) la prohibición
absoluta para todos y en toda circunstancia y; (ii) la permisión sin
límites ni distinción alguna. Ambas tentaciones –y en ocasiones
injustificadas realidades– constituyen absurdos inaceptables. Son obvias
las razones para excluir de ellas al quehacer científico y tecnológico;
pues de lo contrario no habría desarrollo alguno o, a lo sumo, un
avance políticamente adoctrinado; o bien una actividad autorreferencial
que no encontraría razones fuera de sí misma. Entonces, ¿cuál es la
mejor solución, la más justa?
La respuesta no es nueva, pero hoy parece no ser entendida por
algunos pocos o, lo que es peor, es manipulada por algunos otros,
también pocos, para convertirla en una especie de
estandarteque purifica sus particulares convicciones políticas y motiva la defensa de la ya conocida manera de hacer ciencia en el México neoliberal. Me refiero a la libertad de investigación.
La libertad constituye la joya más preciada para quienes se han entregado al servicio de una causa. ¿Cuál? Vivir
parael conocimiento y no sólo
delconocimiento. Así, por ejemplo, el profesor y el investigador –actividades que casi siempre son ejercidas por la misma persona porque lejos de ser excluyentes, son complementarias– valoran ante todo la libertad de cátedra y de investigación, pues la libertad es el requisito sine qua non para entregarse con el alma al conocimiento por lo que es en sí mismo. Sin libertad no hay conocimiento, sino adoctrinamiento; sin libertad no hay difusión, sino manipulación.
La Ley de Ciencia y Tecnología (artículo 12, fracción X) protege la
libertad de investigación, prevé su regulación y el establecimiento de
límites para su ejercicio:
por motivos de seguridad, de salud, de ética o de cualquier otra causa de interés público. Asimismo, las propuestas recientes de cambio legislativo señalan que “…en concordancia con diversos instrumentos de Derecho Internacional válidos en México, es necesario garantizar la libertad de investigación, la participación social en el desarrollo científico y tecnológico y el acceso universal a los beneficios derivados del progreso científico y sus aplicaciones...”.
En este sentido, el Estado mexicano debe intervenir en el quehacer
científico y tecnológico promoviendo, respetando y garantizando la
libertad de investigación sin ceder a presiones que desfiguren la
auténtica identidad de tan noble actividad. Será fundamental que la
renovación jurídica que se avizora asuma la libertad de investigación en
congruencia con el derecho constitucional a acceder a los beneficios de
la ciencia y la tecnología, y prevea mecanismos adecuados para hacer
efectivo su ejercicio y lograr que las autoridades cumplan con las
obligaciones respectivas, todo ello sin desvincular el desarrollo
científico y tecnológico del bienestar social y el cuidado del medio
ambiente.
* Profesor de la Facultad de Derecho de la UNAM y miembro del SNI
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