Arturo Alcalde Justiniani
Lugar: Palacio
Nacional. Integrantes: 14 miembros invitados por el consejero jurídico
de la Presidencia, quienes encabezan la comisión. Tarea: elaborar una
iniciativa de ley del sistema de justicia laboral para ser presentada en
el periodo legislativo que se inicia en febrero próximo. Mandato
formal: responder al compromiso presidencial de llevar a cabo las
transformaciones necesarias a este sistema
bajo los principios de legalidad, transparencia, rendición de cuentas, imparcialidad, equidad y eficiencia. Intención real: realizar cambios al sistema de justicia laboral sin trastocar el control del Ejecutivo federal y local sobre las juntas de conciliación y arbitraje y el poder de decisión patronal sobre los contratos colectivos de protección patronal. Para lograr blindar estos contratos, se pretende introducir la añeja propuesta patronal de exigir que los sindicatos confiesen los nombres de los trabajadores inconformes cuando quieran cambiar de sindicato o pretendan emplazar a huelga. A estas listas negras les llaman elegantemente
requisitos de procedibilidad. El método: el secreto en el proceso de elaboración de la iniciativa. En pocas palabras, el reto es llevar a cabo una reforma que atienda las exigencias nacionales e internacionales de cambio sin afectar la red de intereses que tienen postrada la justicia laboral y la contratación colectiva auténtica en México.
El sistema de justicia laboral mexicano ha sido motivo de crítica
desde hace muchos años, pues, a diferencia de otras ramas del derecho
que han sido objeto de transformaciones, éste se ha mantenido atado al
control corporativo por medio de las juntas de conciliación y arbitraje
formalmente tripartitas, esto es, mediante representantes del gobierno,
patrones y de las principales centrales obreras. Sin embargo, ha
prevalecido en esencia la voluntad del Poder Ejecutivo mediante la
Secretaría del Trabajo a escala federal, y de gobernadores y el jefe de
Gobierno del Distrito Federal en lo local, especialmente en los asuntos
considerados de relevancia colectiva o individual. Por ello
prácticamente en todo el mundo no existe ya ese falso tripartismo, que
ha sido sustituido por auténticos jueces laborales.
Esta subordinación ha sido el factor fundamental que impide la
modernización de la justicia, ya que no existen jueces dotados de un
atributo esencial: la imparcialidad. Por otro lado, su falso tripartismo
es motivo de costos excesivos y de lentitud en los procesos; tampoco se
puede transitar hacia un verdadero sistema de justicia oral, como
sucede en materia penal, lo cual sería deseable, porque implicaría tener
juzgadores independientes, presentes en todas las audiencias para
observar su desahogo de manera continua. Un auténtico procedimiento oral
sería la solución para lograr que los jueces resolvieran los juicios en
un periodo menor a un año, no en los cuatro y medio que toman las
juntas para concluirlos, más ahora que la Suprema Corte ratificó la
injusta medida de limitar los salarios caídos a un año, haciendo pagar a
los trabajadores el costo de la tardanza. No debemos confundirnos con
el reciente invento de juicios orales laborales de factura chihuahuense,
que carecen de sustento legal y se han convertido en una simulación
más, vinculada a medidas tendientes a criminalizar la defensa laboral.
La revisión del sistema de justicia laboral fue identificada
como uno de los principales temas para lograr una justicia cotidiana más
cercana a las personas. Se trató de un encargo presidencial que llevó a
cabo el Centro de Investigación y Docencia Económica (CIDE), en
colaboración con 17 instituciones, cuyas conclusiones fueron dadas a
conocer el 27 de abril de 2015. Para ello se realizaron 15 foros
presenciales en 12 entidades de la República.
El CIDE concluyó que era necesario
revisar la estructura tripartita de las juntas y su eventual incorporación a los poderes judiciales. Para ello sugiere una instancia de diálogo social en la que
deben participar, cuando menos, los tres poderes de los diferentes órganos de gobierno, así como representantes de la academia y de la sociedad civil. Su conclusión coincide con otros diagnósticos, incluyendo el elaborado por la Suprema Corte de Justicia años atrás, al presentar un programa nacional de justicia, contenido en el conocido Libro blanco.
El llamado diálogo social que en lo oscurito se lleva a cabo se
acompaña de una consulta nacional, iniciada en diciembre pasado. Es de
destacarse que casi nadie la conoce y no atiende la recomendación del
CIDE. Por lo que se refiere a los 14 dialogantes convocados en Palacio
Nacional, 10 pertenecen al Poder Ejecutivo federal, tres tienen una
visión esencialmente empresarial: el Instituto Mexicano de la
Competitividad (IMCO), la Asociación Nacional de Abogados de Empresa
(Anade) y el Centro de Investigación para el Desarrollo (Cidac), y una
sola institución académica: el Instituto de Investigaciones Jurídicas de
la UNAM. No hay representación de la sociedad civil. Ello explica por
qué se revocó al CIDE el mandato para encabezar el diálogo: fue
demasiado lejos al plantear con veracidad sus conclusiones y subrayar
que la justicia laboral debería ser ejercida por auténticos jueces,
exigencia que también han planteado la Organización Internacional del
Trabajo (OIT) y múltiples organismos especializados, además de gremios
democráticos; todos los estudios de fondo sobre la materia plantean este
cambio fundamental. El mismo presidente de la Suprema Corte de
Justicia, Luis María Aguilar, lo dijo claro:
Todos sabemos que sin independencia el juez es cualquier cosa, menos un juez; será el escribiente de alguien, el mandadero de alguien, pero no un juez.
Sería lamentable que un tema tan importante como la justicia laboral
reditara un capítulo más de la simulación que debería combatir de tajo
esta reforma.
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