3/28/2014

Pederasta Jean Succar Kuri seguirá en prisión


NACIONAL
   Amparo obtenido no elimina ni reduce sentencia, 
aclara abogada

Por: Angélica Jocelyn Soto Espinosa
Cimacnoticias | México, DF.- 


El amparo directo concedido al pederasta Jean Succar Kuri no anula, modifica o reduce su sentencia de 112 años de prisión por el delito federal de pornografía infantil, aclaró Araceli Andrade, representante legal de cuatro de las víctimas del empresario pederasta.

En 2011 el Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito emitió la sentencia que condena a Succar Kuri a 112 años de prisión por el delito de pornografía infantil, aunque el Código Penal Federal establece una pena máxima de 60 años para este ilícito.

A tres años de la resolución, y con el fin de confirmar la sentencia, el caso fue llevado al Primer Tribunal Colegiado de Quintana Roo, donde los abogados del empresario señalaron una omisión administrativa que podría afectar el procedimiento legal en tanto no se cumplió con todos los elementos que debe tener una sentencia de juzgadores federales.

Ante la falta –en este caso la omisión de la firma y nombre del secretario de Acuerdos del Tribunal Unitario del Vigésimo Séptimo Circuito en el expediente–, los abogados solicitaron un amparo.

Fue bajo esta observación que el pasado 7 de marzo el Primer Tribunal Colegiado de Quintana Roo concedió un amparo directo a Jean Succar Kuri, con el que se busca específicamente trasladar el expediente 212/213 al Tribunal Unitario para que se reponga la firma en menos de 15 días.

La resolución de amparo no implica de ninguna manera una reposición de procedimiento de la sentencia condenatoria, lo cual resultaría en la renovación total del juicio, explicó la abogada de las víctimas.

Araceli Andrade enfatizó que la figura legal de reposición de procedimientos no puede efectuarse en este caso, ya que no se modificó ningún elemento referente a la valoración de las pruebas y no “estamos ante ninguna situación que afecte la sentencia, pues es inapelable”.

También abundó que es importante que las víctimas del pederasta estén tranquilas, toda vez que el amparo no significa bajo ningún motivo que su atacante, quien ha buscado por medio de otros recursos legales reducir su sentencia, salga de prisión.

Esta información también la corroboraron fuentes del Primer Tribunal Colegiado de Quintana Roo, que en declaraciones a Cimacnoticias señalaron que en breve se publicará un boletín para aclarar que el amparo no implica la libertad del pederasta.

A decir de la abogada Andrade, la demanda de amparo sólo demuestra la eficiencia de la justicia en este caso, pues “aunque los abogados estén buscando hasta los mínimos detalles, el sistema penal sostiene de cualquier forma la sentencia”.

La litigante explicó que el requerimiento de esta firma es un nuevo criterio del Código de Procedimientos Penales, que anteriormente no estaba considerado, lo que pudo haber ocasionado la omisión.

Observó, además, que a pesar de que los abogados del empresario solicitaron el amparo, en realidad no significa ningún beneficio para él, sino al contrario, le implicó más desgaste y dinero.

Cabe recordar que Jean Succar Kuri fue denunciado en 2003 por una de sus víctimas de encabezar una red de pederastia. La escritora y periodista Lydia Cacho retomó el caso en su libro “Los demonios del Edén”, por el cual fue detenida y acosada por empresarios y políticos.

Las investigaciones de la Procuraduría General de la República (PGR) constataron que la red de pornografía infantil de Succar Kuri se extendió a España, Colombia, Brasil y Venezuela.

Desde 2004 el empresario estuvo detenido en Chandler, Arizona, Estados Unidos, y luego de años de litigio fue extraditado en 2007 a México. En 2011 finalmente fue sentenciado por las autoridades mexicanas a 112 años de prisión.

Araceli Andrade indicó que esta sentencia es por el delito de pornografía infantil; no obstante también se le juzga por los cargos de corrupción de menores, violación y abuso sexual.
 

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