La
comunidad de San Francisco Xochicuautla (municipio de Lerma, Estado de
México), al igual que otras comunidades y pueblos vecinos, se encuentra
inmersa desde hace más de 8 años en un proceso de disputa y defensa del
territorio ante la estrategia gubernamental-empresarial de despojo y
transformación neoliberal forzada de los espacios rurales. La
construcción de la carretera Naucalpan-Toluca se inserta dentro de un
proyecto más amplio que pretende establecer un amplio corredor
industrial en la zona de Lerma y que es abiertamente impulsado desde el
gobierno del Estado de México y los círculos empresariales que se
encuentran entreverados en sus estructuras de poder y toma de
decisiones.
Podemos hablar de un caso de afectación global mediante un despojo multidimensional hacia las comunidades puesto que no implica únicamente el despojo físico del territorio; sino también la desposesión de los recursos (hídricos, agropecuarios o alimenticios), la ruptura o transformación del territorio simbólico (rutas de acceso a lugares sagrados, costumbres de peregrinación y relación comunidad-territorio dentro de la cosmovisión propia), así como la mercantilización y alienación de la forma de vida de la comunidad (ruptura comunitaria, modificación del conjunto de las relaciones sociales, sustitución de actividades productivas e integración de la población al mercado de trabajo precario). Xochicuautla representa uno de los casos emblemáticos de resistencia ante la ofensiva de despojo neoliberal al contar con un territorio rico en recursos naturales y tradicionales, y al haber conjuntado una serie de estrategias de defensa y lucha comunitarias que han logrado detener de momento el aplastante avance del poder híbrido (inversión-imposición-represión).
Prácticas y dinámica política del despojo
Este megaproyecto, al igual que tantos otros impuestos desde los gobiernos federal o estatales al amparo de la amplia falacia conceptual del “desarrollo”, se encuentra viciada en principio por el incumplimiento de lo dispuesto en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo de 1989 a través del derecho de los pueblos y comunidades indígenas a la consulta y el conocimiento libre, previo e informado especialmente en lo relativo a medidas legislativas o administrativas, prospección o explotación de recursos del subsuelo, enajenación de tierras o transmisión de sus derechos o reubicación de pueblos[1]. El convenio establece que:
“Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia. A este respecto, deberá prestarse particular atención a la situación de los pueblos nómadas y de los agricultores itinerantes.
(...)En caso de que pertenezca al Estado la propiedad de los minerales o de los recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos existentes en las tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras. Los pueblos interesados deberán participar siempre que sea posible en los beneficios que reporten tales actividades, y percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de esas actividades.”[2]
En la legislación mexicana, el derecho a la consulta de los pueblos indígenas se encuentra consagrado en el artículo 2º Constitucional así como en diversas Constituciones Estatales y leyes específicas en materia de pueblos indígenas y derechos humanos[3].
Sin embargo, la multiplicidad de luchas y resistencias en contra de este tipo de proyectos públicos, concesionados y privados a todo lo largo del país, nos permite identificar un esquema general de despojo en favor de la apropiación del territorio para fines empresariales y mercantiles. Es por ello que hablamos de un sistema de prácticas aplicadas desde las instituciones estatales y empresas privadas afines al proyecto neoliberal que han institucionalizado una dinámica política de despojo mediante el incumplimiento de la ley, el enmascaramiento o elusión de procedimientos regulatorios, la legislación ad hoc o la violencia. En esta dinámica política, el Estado mexicano infiltrado se muestra abiertamente como una herramienta del Capital para establecer condiciones favorables al establecimiento de un “clima propicio” para la mercantilización del territorio y de las comunidades que lo constituyen. ¿Cuáles son las prácticas más comunes dentro de la dinámica política de despojo? Podríamos, a manera de tipificación preliminar, agruparlas de la siguiente manera:
- Incumplimiento o perversión de las disposiciones legales referentes a los derechos de los pueblos y comunidades afectados: violación del derecho a la consulta y el conocimiento previo, libre e informado; procesos de licitación inexistentes, dirigidos, amañados o presuntamente derivados de conflictos de interés de los funcionarios públicos o representantes políticos; supresión o manipulación de estudios previos al inicio de los proyectos, necesarios para proteger a las comunidades y sus territorios de afectaciones protegidas por la ley (estudios de impacto ambiental, peritajes antropológicos, etc.); modificación o creación de leyes o reglamentos que desregulan los procesos de licitación, explotación de los recursos naturales o inversiones privadas en ámbitos exclusivos de la nación o los pueblos indígenas.
- Cambios en el régimen de propiedad de la tierra: dirigidos a atacar o desaparecer la propiedad comunal, los ejidos o cualquier otro régimen tradicional de usufructo comunitario del territorio o sus recursos; promoción y/o imposición del régimen de propiedad particular y uso de suelo del terreno para facilitar su compraventa en el mercado inmobiliario o su enajenación por el Estado con fines de utilidad pública (definida por el Estado); la calificación de grandes extensiones del territorio como Áreas Naturales Protegidas para su posterior enajenación estatal.
- Secuestro de la representatividad comunitaria: mediante la infiltración de instituciones de representación política o agraria de miembros no avecindados (nuevos propietarios), o a través de la cooptación o coacción de miembros de los comisariados agrarios y las asambleas comunitarias que se significan en una infrarepresentación de la comunidad en los órganos y procesos de toma de decisiones.
- Ruptura comunitaria: muy ligada a la práctica anterior; se refiere a la inoculación de confrontaciones o a la alimentación de conflictos ya existentes entre los miembros de la comunidad, la creación de grupos y organizaciones de confrontación política (partidista o no) o económica a las autoridades o la asamblea; el ofrecimiento o repartición de prebendas o promesas de gratificaciones individuales a cambio un posicionamiento favorable al proyecto o a su facilitación; campañas para desprestigiar y deslegitimizar a las instituciones comunitarias (incluyendo el sistema de usos y costumbres) mediante el discurso manipulador de la mayor eficacia de la democracia liberal electoral.
- Bloqueo al funcionamiento comunitario: negación o entorpecimiento deliberado de trámites y servicios de las instituciones estatales o federales; retención injustificada de recursos del ramo 33; obstáculos a la comercialización de productos de la comunidad; en general acciones realizadas por los intermediarios tradicionales de tradición caciquil encaminadas a dificultar el funcionamiento natural de la comunidad y sus instituciones en su conjunto así como estrangular sus factores de reproducción.
- Criminalización de la resistencia, represión y violencia: manipulación de la información oficial sobre los reclamos y acciones de las comunidades o pueblos en resistencia; campañas informativas estatales de desinformación reproducidas por medios masivos de comunicación, caracterizando a las comunidades en lucha como delincuentes opuestos al “progreso” o con intereses particulares en contra del proyecto o inversión; detenciones arbitrarias o ilegales con cargos falsos o desproporcionados; represión policíaca y acoso constante de los cuerpos de seguridad del Estado así como la violación continuada de los derechos humanos; permisividad y colusión con corporaciones de seguridad privada o grupos armados irregulares o delincuenciales que resguardan las instalaciones, obras u operaciones de las empresas participantes en los proyectos; asedio, acoso permanente, secuestros y asesinatos perpetrados en contra de las autoridades comunitarias, miembros de organizaciones de derechos humanos y grupos de apoyo a las comunidades en resistencia.
Usos y costumbres como estrategia de resistencia
Podemos encontrar muchas de las prácticas descritas como parte de la dinámica política de despojo en la mayoría de los ejemplos de resistencia comunitaria y popular ante los conflictos mineros, hidráulicos, eólicos, carreteros, industriales y un largo etcétera que se engloban en los “proyectos de infraestructura y desarrollo” (sic) de los sucesivos gobiernos neoliberales mexicanos. En muchos de estas comunidades, el sistema de usos y costumbres ha representado una importante estrategia de resistencia al dotar de autonomía y desarrollo autogestivo a la vida comunitaria en su conjunto.
El sistema de usos y costumbres, practicado tradicionalmente en múltiples comunidades y pueblos indígenas y no indígenas (en otros casos restituido o desarrollado en décadas recientes) está basado en algunos principios rectores que es importante destacar: tener una relación con un territorio asumido históricamente y un uso comunal de su usufructo; tener una organización política propia que regula la vida social; compartir una historia propia; la vigencia de algunos modos de independencia económica (modo de producción doméstico); una articulación con el mercado de trabajo que no transforma radicalmente el estilo de consumo social y redistributivo (reciprocidad); la existencia del tequio (trabajo comunitario obligatorio y no remunerado); constituir una comunidad ritual nucleada en torno al culto del santo patrono (en términos de solidaridad y cooperación); compartir una religiosidad asumida como propia (presencia incluyente de lo sagrado); y, entre otras características, la posibilidad de vinculación colectiva con el Estado y sus instituciones, en tanto unidades sociales con intereses específicos. Hablamos de un sistema dual (civil-religioso) de organización socio-política sustentado en la legitimidad comunitaria y el consenso (no confundir con unanimidad).
En Xochicuautla, la recuperación y adaptación de los usos y costumbres ha significado un factor de recomposición comunitaria alrededor de la defensa del territorio y da clara muestra de la naturaleza dialéctica propia del proceso de despojo neoliberal:
a) el trabajo comunitario para producir valor de uso y el uso comunitario de los recursos y medios de producción se confronta directamente con la mercantilización de los mismos y la obligatoriedad del trabajo precario que propugnan los defensores de los megaproyectos;
b) la igualdad de clase como factor de estabilidad y la educación como factor de movilidad social se contrapone a los esquemas de explotación y competencia individual propios del capital;
c) la representación comunitaria en la Asamblea o el Comité de Bienes Comunales se enfrenta a las prácticas del poder vertical y a la utilización de los comuneros como peones en el Comisariado Agrario como estrategia política que sustituye a los intermediarios y limita la autonomía en la toma de decisiones.
La preponderancia del régimen agrario ha facilitado la limitación de la representatividad comunitaria y la mercantilización del territorio; pero lejos de debilitar al sistema de usos y costumbres, ha originado su adaptación y reforzamiento, como lo muestra la renovada importancia del Consejo Supremo dentro de la comunidad y el establecimiento de prácticas electivas (en asamblea) y de seguridad (guardias y vigilancia contra los talamontes).
La dinámica política del despojo capitalista impone una recomposición multidimensional del territorio que supone una transformación del espacio, de las relaciones sociales, de las actividades productivas, de la comunicación, del lenguaje, de la moralidad comunitaria y de las dinámicas políticas comunitarias. Pero la renovada legitimidad del sistema de usos y costumbres como estrategia de resistencia ante el despojo es uno de los factores de cohesión social y de la reconstitución comunitaria. Si los usos y costumbres son una reivindicación identitaria es debido a que la propia identidad es una estrategia en constante transformación que intenta romper las dinámicas de dependencia y las relaciones de dominación impuestas; en última instancia, la autonomía comprende la libre determinación en cuanto al desarrollo propio y la capacidad de transformar la realidad, y ése es el objetivo de las luchas de resistencia por la defensa del territorio.
Notas[1]
Ver OIT. Convenio sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países
Independientes. En
http://www.ilo.org/dyn/normlex/en/f?p=1000:12100:0::NO::P12100_INSTRUMENT_ID,P12100_LANG_CODE:312314,es:NO
, especialmente los artículos 6, 7, 14, 15, 16 y 17.[2] Ídem, artículos 14 y 15.[3]
Ver CDI. Protocolo para la implementación de consultas a pueblos y
comunidades indígenas de conformidad con estándares del Convenio 169 de
la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y
Tribales en Países independientes. En
http://www.cdi.gob.mx/index.php?option=com_docman&task=cat_view&gid=85Juan Alberto López Rodríguez es miembro de la coordinación del
Seminario Permanente en Mundos Rurales: tierra, territorios y
territorialidades, Candidato a Doctor en América Latina Contemporánea
por la Universidad Complutense de Madrid.
Podemos hablar de un caso de afectación global mediante un despojo multidimensional hacia las comunidades puesto que no implica únicamente el despojo físico del territorio; sino también la desposesión de los recursos (hídricos, agropecuarios o alimenticios), la ruptura o transformación del territorio simbólico (rutas de acceso a lugares sagrados, costumbres de peregrinación y relación comunidad-territorio dentro de la cosmovisión propia), así como la mercantilización y alienación de la forma de vida de la comunidad (ruptura comunitaria, modificación del conjunto de las relaciones sociales, sustitución de actividades productivas e integración de la población al mercado de trabajo precario). Xochicuautla representa uno de los casos emblemáticos de resistencia ante la ofensiva de despojo neoliberal al contar con un territorio rico en recursos naturales y tradicionales, y al haber conjuntado una serie de estrategias de defensa y lucha comunitarias que han logrado detener de momento el aplastante avance del poder híbrido (inversión-imposición-represión).
Prácticas y dinámica política del despojo
Este megaproyecto, al igual que tantos otros impuestos desde los gobiernos federal o estatales al amparo de la amplia falacia conceptual del “desarrollo”, se encuentra viciada en principio por el incumplimiento de lo dispuesto en el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo de 1989 a través del derecho de los pueblos y comunidades indígenas a la consulta y el conocimiento libre, previo e informado especialmente en lo relativo a medidas legislativas o administrativas, prospección o explotación de recursos del subsuelo, enajenación de tierras o transmisión de sus derechos o reubicación de pueblos[1]. El convenio establece que:
“Deberá reconocerse a los pueblos interesados el derecho de propiedad y de posesión sobre las tierras que tradicionalmente ocupan. Además, en los casos apropiados, deberán tomarse medidas para salvaguardar el derecho de los pueblos interesados a utilizar tierras que no estén exclusivamente ocupadas por ellos, pero a las que hayan tenido tradicionalmente acceso para sus actividades tradicionales y de subsistencia. A este respecto, deberá prestarse particular atención a la situación de los pueblos nómadas y de los agricultores itinerantes.
(...)En caso de que pertenezca al Estado la propiedad de los minerales o de los recursos del subsuelo, o tenga derechos sobre otros recursos existentes en las tierras, los gobiernos deberán establecer o mantener procedimientos con miras a consultar a los pueblos interesados, a fin de determinar si los intereses de esos pueblos serían perjudicados, y en qué medida, antes de emprender o autorizar cualquier programa de prospección o explotación de los recursos existentes en sus tierras. Los pueblos interesados deberán participar siempre que sea posible en los beneficios que reporten tales actividades, y percibir una indemnización equitativa por cualquier daño que puedan sufrir como resultado de esas actividades.”[2]
En la legislación mexicana, el derecho a la consulta de los pueblos indígenas se encuentra consagrado en el artículo 2º Constitucional así como en diversas Constituciones Estatales y leyes específicas en materia de pueblos indígenas y derechos humanos[3].
Sin embargo, la multiplicidad de luchas y resistencias en contra de este tipo de proyectos públicos, concesionados y privados a todo lo largo del país, nos permite identificar un esquema general de despojo en favor de la apropiación del territorio para fines empresariales y mercantiles. Es por ello que hablamos de un sistema de prácticas aplicadas desde las instituciones estatales y empresas privadas afines al proyecto neoliberal que han institucionalizado una dinámica política de despojo mediante el incumplimiento de la ley, el enmascaramiento o elusión de procedimientos regulatorios, la legislación ad hoc o la violencia. En esta dinámica política, el Estado mexicano infiltrado se muestra abiertamente como una herramienta del Capital para establecer condiciones favorables al establecimiento de un “clima propicio” para la mercantilización del territorio y de las comunidades que lo constituyen. ¿Cuáles son las prácticas más comunes dentro de la dinámica política de despojo? Podríamos, a manera de tipificación preliminar, agruparlas de la siguiente manera:
- Incumplimiento o perversión de las disposiciones legales referentes a los derechos de los pueblos y comunidades afectados: violación del derecho a la consulta y el conocimiento previo, libre e informado; procesos de licitación inexistentes, dirigidos, amañados o presuntamente derivados de conflictos de interés de los funcionarios públicos o representantes políticos; supresión o manipulación de estudios previos al inicio de los proyectos, necesarios para proteger a las comunidades y sus territorios de afectaciones protegidas por la ley (estudios de impacto ambiental, peritajes antropológicos, etc.); modificación o creación de leyes o reglamentos que desregulan los procesos de licitación, explotación de los recursos naturales o inversiones privadas en ámbitos exclusivos de la nación o los pueblos indígenas.
- Cambios en el régimen de propiedad de la tierra: dirigidos a atacar o desaparecer la propiedad comunal, los ejidos o cualquier otro régimen tradicional de usufructo comunitario del territorio o sus recursos; promoción y/o imposición del régimen de propiedad particular y uso de suelo del terreno para facilitar su compraventa en el mercado inmobiliario o su enajenación por el Estado con fines de utilidad pública (definida por el Estado); la calificación de grandes extensiones del territorio como Áreas Naturales Protegidas para su posterior enajenación estatal.
- Secuestro de la representatividad comunitaria: mediante la infiltración de instituciones de representación política o agraria de miembros no avecindados (nuevos propietarios), o a través de la cooptación o coacción de miembros de los comisariados agrarios y las asambleas comunitarias que se significan en una infrarepresentación de la comunidad en los órganos y procesos de toma de decisiones.
- Ruptura comunitaria: muy ligada a la práctica anterior; se refiere a la inoculación de confrontaciones o a la alimentación de conflictos ya existentes entre los miembros de la comunidad, la creación de grupos y organizaciones de confrontación política (partidista o no) o económica a las autoridades o la asamblea; el ofrecimiento o repartición de prebendas o promesas de gratificaciones individuales a cambio un posicionamiento favorable al proyecto o a su facilitación; campañas para desprestigiar y deslegitimizar a las instituciones comunitarias (incluyendo el sistema de usos y costumbres) mediante el discurso manipulador de la mayor eficacia de la democracia liberal electoral.
- Bloqueo al funcionamiento comunitario: negación o entorpecimiento deliberado de trámites y servicios de las instituciones estatales o federales; retención injustificada de recursos del ramo 33; obstáculos a la comercialización de productos de la comunidad; en general acciones realizadas por los intermediarios tradicionales de tradición caciquil encaminadas a dificultar el funcionamiento natural de la comunidad y sus instituciones en su conjunto así como estrangular sus factores de reproducción.
- Criminalización de la resistencia, represión y violencia: manipulación de la información oficial sobre los reclamos y acciones de las comunidades o pueblos en resistencia; campañas informativas estatales de desinformación reproducidas por medios masivos de comunicación, caracterizando a las comunidades en lucha como delincuentes opuestos al “progreso” o con intereses particulares en contra del proyecto o inversión; detenciones arbitrarias o ilegales con cargos falsos o desproporcionados; represión policíaca y acoso constante de los cuerpos de seguridad del Estado así como la violación continuada de los derechos humanos; permisividad y colusión con corporaciones de seguridad privada o grupos armados irregulares o delincuenciales que resguardan las instalaciones, obras u operaciones de las empresas participantes en los proyectos; asedio, acoso permanente, secuestros y asesinatos perpetrados en contra de las autoridades comunitarias, miembros de organizaciones de derechos humanos y grupos de apoyo a las comunidades en resistencia.
Usos y costumbres como estrategia de resistencia
Podemos encontrar muchas de las prácticas descritas como parte de la dinámica política de despojo en la mayoría de los ejemplos de resistencia comunitaria y popular ante los conflictos mineros, hidráulicos, eólicos, carreteros, industriales y un largo etcétera que se engloban en los “proyectos de infraestructura y desarrollo” (sic) de los sucesivos gobiernos neoliberales mexicanos. En muchos de estas comunidades, el sistema de usos y costumbres ha representado una importante estrategia de resistencia al dotar de autonomía y desarrollo autogestivo a la vida comunitaria en su conjunto.
El sistema de usos y costumbres, practicado tradicionalmente en múltiples comunidades y pueblos indígenas y no indígenas (en otros casos restituido o desarrollado en décadas recientes) está basado en algunos principios rectores que es importante destacar: tener una relación con un territorio asumido históricamente y un uso comunal de su usufructo; tener una organización política propia que regula la vida social; compartir una historia propia; la vigencia de algunos modos de independencia económica (modo de producción doméstico); una articulación con el mercado de trabajo que no transforma radicalmente el estilo de consumo social y redistributivo (reciprocidad); la existencia del tequio (trabajo comunitario obligatorio y no remunerado); constituir una comunidad ritual nucleada en torno al culto del santo patrono (en términos de solidaridad y cooperación); compartir una religiosidad asumida como propia (presencia incluyente de lo sagrado); y, entre otras características, la posibilidad de vinculación colectiva con el Estado y sus instituciones, en tanto unidades sociales con intereses específicos. Hablamos de un sistema dual (civil-religioso) de organización socio-política sustentado en la legitimidad comunitaria y el consenso (no confundir con unanimidad).
En Xochicuautla, la recuperación y adaptación de los usos y costumbres ha significado un factor de recomposición comunitaria alrededor de la defensa del territorio y da clara muestra de la naturaleza dialéctica propia del proceso de despojo neoliberal:
a) el trabajo comunitario para producir valor de uso y el uso comunitario de los recursos y medios de producción se confronta directamente con la mercantilización de los mismos y la obligatoriedad del trabajo precario que propugnan los defensores de los megaproyectos;
b) la igualdad de clase como factor de estabilidad y la educación como factor de movilidad social se contrapone a los esquemas de explotación y competencia individual propios del capital;
c) la representación comunitaria en la Asamblea o el Comité de Bienes Comunales se enfrenta a las prácticas del poder vertical y a la utilización de los comuneros como peones en el Comisariado Agrario como estrategia política que sustituye a los intermediarios y limita la autonomía en la toma de decisiones.
La preponderancia del régimen agrario ha facilitado la limitación de la representatividad comunitaria y la mercantilización del territorio; pero lejos de debilitar al sistema de usos y costumbres, ha originado su adaptación y reforzamiento, como lo muestra la renovada importancia del Consejo Supremo dentro de la comunidad y el establecimiento de prácticas electivas (en asamblea) y de seguridad (guardias y vigilancia contra los talamontes).
La dinámica política del despojo capitalista impone una recomposición multidimensional del territorio que supone una transformación del espacio, de las relaciones sociales, de las actividades productivas, de la comunicación, del lenguaje, de la moralidad comunitaria y de las dinámicas políticas comunitarias. Pero la renovada legitimidad del sistema de usos y costumbres como estrategia de resistencia ante el despojo es uno de los factores de cohesión social y de la reconstitución comunitaria. Si los usos y costumbres son una reivindicación identitaria es debido a que la propia identidad es una estrategia en constante transformación que intenta romper las dinámicas de dependencia y las relaciones de dominación impuestas; en última instancia, la autonomía comprende la libre determinación en cuanto al desarrollo propio y la capacidad de transformar la realidad, y ése es el objetivo de las luchas de resistencia por la defensa del territorio.
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