SNPASEVM exhorta a Chihuahua a incluir visión de género
El
Sistema Nacional para Prevenir, Atender, Sancionar y Erradicar la
Violencia contra las Mujeres (SNPASEVM) pidió al Ejecutivo y Legislativo
de Chihuahua que antes del próximo 17 de agosto realice las medidas
necesarias, para que los códigos de Procedimientos Civiles y de
Procedimientos Familiares del estado incluyan la perspectiva de género, y
sean compatibles con los Derechos Humanos (DH) de las mujeres y los
estándares internacionales en la materia.
A casi un año de que organizaciones civiles pidieran su intervención,
finalmente el SNPASEVM se pronunció contra las reformas a los códigos de
Procedimientos Civiles y de Procedimientos Familiares del estado de
Chihuahua, que lejos de responder a los tratados en materia de DH
ratificados por México, resultan violatorias de los derechos de las
mujeres.
El Sistema Nacional –integrado por dependencias federales, incluida la
Secretaría de Gobernación (Segob) y los mecanismos para el adelanto de
las mujeres en las entidades federativas– emitió un pronunciamiento para
instar a los poderes Ejecutivo y Legislativo de Chihuahua a revisar las
reformas promulgadas el 23 de julio de 2014.
Llamó a adoptar las medidas necesarias para que, antes de entrar en
vigor el próximo 17 de agosto, los códigos incluyan “una perspectiva de
género adecuada y sean compatibles con los Derechos Humanos de las
mujeres y los estándares internacionales en la materia”.
Y es que esas legislaciones –como han denunciado activistas del estado–
permiten la práctica de la conciliación sin diferenciar los casos de
violencia familiar, lo cual contraviene la Ley General de Acceso de las
Mujeres a una Vida Libre de Violencia y los estándares internacionales
en la materia, “que establecen que en relaciones de sometimiento entre
la persona agresora y la víctima de violencia, los procedimientos
conciliatorios son inviables”.
Al mismo tiempo, carecen de perspectiva de género y de DH al definir la
duración de los juicios familiares sin tomar en cuenta el ciclo de
violencia que viven las mujeres víctimas, y hacer uso de términos
peyorativos como la referencia a “menores” o “incapaces”, en lugar de
niñas, niños y personas con discapacidad.
Además no disponen de medidas especiales de protección para las mujeres
víctimas de violencia o en situación de vulnerabilidad durante el
desarrollo de los procedimientos y, en particular, durante el desahogo
de pruebas.
Tampoco homologan las órdenes de protección con la Ley General de Acceso
y eliminan la disposición que facilitaba la realización de la prueba de
paternidad, situación que dificulta que las mujeres puedan obtener una
resolución judicial que obligue al padre de sus hijas e hijos a cumplir
con sus obligaciones familiares.
INCONFORMIDAD CIUDADANA
Chihuahua fue la primera entidad mexicana en hacer la transición de un
sistema de justicia penal inquisitivo a uno acusatorio (mejor conocido
como de juicios orales). En 2006 se aprobó el nuevo Código de
Procedimientos Penales del estado.
En julio de 2014 el Movimiento de Mujeres de Chihuahua –integrado por
grupos civiles como los centros de Atención a la Mujer Trabajadora
(CAMT) y de Derechos Humanos de las Mujeres (Cedehm)– envió una carta al
titular de la Segob, Miguel Ángel Osorio Chong, instándolo a que en su
papel de presidente del SNPASEVM instara a no promulgar los códigos de
Procedimientos Civiles y de Procedimientos Familiares.
Como parte del llamado al secretario de Gobernación, las activistas
denunciaron que durante la elaboración de esos códigos la voz de
especialistas y de la sociedad civil no fue considerada por el Congreso
local.
A casi un año de esa solicitud, finalmente el Sistema Nacional
manifestó su preocupación respecto a las reformas y consideró (tal y
como lo habían asegurado las organizaciones civiles) que las mismas
carecen de una perspectiva de género y de DH.
Por: Anaiz Zamora Márquez
Cimacnoticias | México, DF.-
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