OPINIÓN
¿Quién
se quiere casar? Esta pregunta conservadora nada tiene que ver con el
ejercicio de derechos. ¿Quién se puede casar? Es una reflexión promovida
y argumentada por el movimiento social LGBT para lograr la igualdad
ante la ley, sin importar quien quiera ejercerlo o bajo qué razón.
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) emitió la resolución
43/2015 dejando claro que cualquier Código Civil que defina al
matrimonio con fines de procreación y/o exclusivamente para una mujer
con un hombre, es inconstitucional.
Esta jurisprudencia ofrece al ámbito judicial criterios que ya han sido
sancionados a partir de 2010 con el Análisis de Constitucionalidad
2/2010, seguido del Amparo de Revisión 457 y 581/2012, y los cuales han
sido ignorados como criterios pro Derechos Humanos para modificar los
códigos civiles en cada entidad de la República Mexicana.
La reforma constitucional de 2011 en materia de Derechos Humanos
incorpora Tratados y Convenciones garantizando que con el control de
convencionalidad y la interpretación conforme, será expedito el
reconocimiento de todos los derechos a todas las personas en condiciones
de igualdad. Todas las personas con los mismos derechos.
El clamor popular arrancó la celebración con esta jurisprudencia como si
fuera un decreto: hemos alcanzado la igualdad… Lejos estamos de esa
certeza.
En lo inmediato ninguna pareja del mismo sexo podrá acceder al
matrimonio civil por la vía simple, es decir, reuniendo requisitos y
acudiendo ante la instancia encargada para concretar el derecho.
Lamentablemente la dignidad de lesbianas y homosexuales continúa sin ser
reconocida en condiciones de igualdad a pesar de contar con una
Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, que garantiza el
respeto a los Derechos Humanos.
El 21 de diciembre de 2009 en la Ciudad de México sentamos un precedente
sin parangón: quitamos las definiciones que ubicaban al matrimonio
civil con fines de procreación y dejamos claro que es “entre dos
personas”.
Adicionalmente el concubinato fue también redefinido con claves de igualdad, aunque con resistencias conservadoras.
Derivado de este hecho, la Ciudad de México llegaría a la historia como
la primera urbe en América Latina que reconoce y garantiza el matrimonio
civil igualitario. Parejas de todo México (y de otros países) pudieron
venir a casarse y volver a su residencia a gozar de los derechos
contemplados en este “derecho llave”.
Después vinieron los amparos que exhibían las vejaciones de gobiernos
que imponían a su ciudadanía, forzando a que personas lesbianas y
homosexuales tuvieran que pagar para judicializar su aspiración de
respeto e igualdad.
Ni las resoluciones judiciales ni la exigencia de garantías
constitucionales lograron hacer de lado el conservadurismo que reservaba
“el matrimonio civil” como una figura natural, para procrear y
exclusivo entre mujer y hombre.
Cada gobernador hizo de la desigualdad un “bien público” imponiendo su
moral, su religión, sus prejuicios por encima de la Constitución y de
los Derechos Humanos. No hay ninguna sanción por parte de la Secretaría
de la Función Pública ante tal situación.
El primer “representante de la ciudadanía” en faltar al cumplimiento de
las leyes que debía proteger fue Gabino Cué Monteagudo desde el gobierno
de Oaxaca.
Ahí la SCJN determinó que el artículo 143 del Código Civil es
inconstitucional y discriminatorio; hasta la fecha no hay modificaciones
legislativas que subsanen tal desigualdad.
Seré más específica, las leyes no tendrían que esperar un cambio
legislativo y sí una interpretación conforme, que garantice el máximo
grado de bienestar a todas las personas.
Mención aparte la merecen las vergonzosas acciones en Colima, que
ignorando las razones por las que de manera simple se realizaron los
matrimonios entre parejas del mismo sexo, decidieron legislar con una
figura como “enlace conyugal”.
Jalisco no pudo resistir quitar la exclusión y cambió la posibilidad del matrimonio igualitario por “sociedad de convivencia”.
Campeche de último momento pretendió hacer creer que “sociedad de
convivencia” sería un avance y dejó claro que las diferencias entre las
personas existen y que su gobierno las cualifica de manera desigual.
Ejemplos de respeto, democracia y compromiso con la igualdad hay sólo en
tres entidades federativas, dando la primera muestra el Distrito
Federal.
Luego Quintana Roo puso en práctica el más alto estándar de respeto a
los Derechos Humanos al garantizar el acceso al matrimonio civil
igualitario, sin mediar modificación legislativa alguna, es decir, con
una simple acción igualatoria.
Coahuila se inscribe en la historia al haber modificado su Código Civil
para quitar la definición discriminatoria que guardaba el matrimonio
civil, promoviendo con esto la inclusión.
Nuevamente la SCJN hace un análisis de garantías a los Derechos Humanos,
a la dignidad de las personas y aporta argumentos para suplir los
prejuicios.
Determina que la composición de las familias es diversa y que ninguna
familia puede carecer del reconocimiento de derechos. Establece que el
matrimonio civil no tiene como finalidad la procreación, y garantiza
respeto irrestricto a los derechos sexuales y derechos reproductivos.
Toca a Enrique Peña Nieto y a cada uno de los gobiernos estatales
implementar acciones que garanticen derechos en igualdad a todas las
personas, no hay pretextos. Parafraseando a Hannah Arendt: “Ustedes no
son responsables de la desigualdad del pasado, sí lo son si sostienen su
continuidad”.
Como movimiento social continuaremos organizándonos, argumentando por la
democracia, conociendo nuestros derechos y ejerciendo la ciudadanía.
En todo México agotaremos los esfuerzos hasta que la libertad nos sea
reconocida sin regateos. Tenemos empeño por vivir con dignidad y
libertad. Construir una sociedad democrática, diversa e igualitaria
implica un compromiso de toda la sociedad. Las leyes nos asisten y nadie
puede gobernar aplastando la Constitución.
Twitter: @lolkincast
*Defensora de Derechos Humanos.
Por: Lol Kin Castañeda Badillo*
Cimacnoticias | México, DF.-
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